CONTRATO DE COMPREVENTA
QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL C. MASTER BOOK, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DE ESTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ COMO "EL VENDEDOR", Y DE LA OTRA PARTE LA C.TWILIGHT SPARKLE, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DE ESTE DOCUMENTO SE LE DENOMINARÁ COMO "LA COMPRADORA", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS AQUÍ EXPRESADAS:
I. DEL VENDEDOR.
Que es legítimo propietario del inmueble mercantil y habitacional ubicado en calle manzana dulce, esquina con azulcrema, numero 38 (treinta y ocho) radicado en el poblado de ponyville, C.P. 2345 (veintitrés cuarenta y cinco) denominado biblioteca Golden Oak
el cual tiene una superficie de 120.00 Mts.2 ( DOSCIENTOS METROS CUADRADOS), y los siguientes linderos y medidas:
Al Norte: Diez metros, con camino público (plaza de pueblo).
Al sur: Diez metros, con propiedad de Blossomforth
Al Oriente: Veinte metros, con camino público (calle manzana dulce).
Al Poniente: Veinte metros, camino público (calle azulcrema).
Con una superficie total de 120.00 Metros cuadrados
Que a la fecha el inmueble objeto de la presente operación se encuentra libre de todo gravamen y responsabilidad alguna, y limitaciones de dominio estando al corriente en el pago de sus contribuciones y derechos.
II. DE LA COMPRADORA.
Que conoce el inmueble objeto de la presente operación de compraventa, y que tiene interés en adquirirlo en el estado en que se encuentra, estando de acuerdo en asumir la responsabilidad de cubrir los impuestos y derechos o cooperaciones que genere el mismo a partir de la firma de este contrato, y se obliga a realizar todos los trámites que sean necesarios para obtener la escrituración del lote de terreno materia de esta operación a su nombre.
III. DE AMBAS PARTES.
Que han convenido en celebrar la presente operación de Compraventa teniendo capacidad jurídica y económica para ello, sujetándose a las disposiciones contenidas en los artículos relativos del Código Civil para el Reino de Equestria, por lo que establecen las siguientes:
PRIMERA.- el C. MASTER BOOK quien declara tener la libre disposición de sus bienes, VENDE sin limitación de dominio alguna, libre de todo gravamen y responsabilidad, y de todo adeudo de carácter fiscal, a favor de la C. TWILIGHT SPARKLE, los derechos de propiedad y dominio del inmueble denominado, en calle manzana dulce, esquina con azulcrema, numero 38 (treinta y ocho) radicado en el poblado de ponyville, C.P. 2345 (veintitrés cuarenta y cinco) descrito en la Declaración Uno del "VENDEDOR", el cual tiene una superficie de 120.00 Mts.2 (CIENTO VEINTE METROS CUDRADO) y los linderos y medidas señalados en la misma declaración primera de VENDEDOR.
SEGUNDA.- El precio de la presente operación de compraventa, es la cantidad de 80,000,00 (OCHENTA MIL BITS 00/100 M.N.) misma que será cubierta por el COMPRADOR, en las siguientes condiciones:
La cantidad de 50,000.00 (CINCUENTA MIL BITS 00/100 M.N) que será pagado a la firma del presente contrato, a entera satisfacción de la "PARTE VENDEDORA ", sirviendo el presente como el recibo más eficaz que en derecho proceda.
La cantidad restante de 30,000.00 (TREINTA MIL BITS 00/100 M.N), que serán pagados en transferencia a la cuenta 2345637250098 de banco nacional de Canterlot, que serán cubiertos a más tardar el día sábado 30 (treinta) de diciembre de año 2010 (dos mil diez)
TERCERA.- La COMPRADORA, en este acto, hace entrega al VENDEDOR de la cantidad de $ 50,000.00 (CINCUENTA MIL BITS 00/100 M.N.), a quien a su vez manifiesta a su más entera conformidad y satisfacción, sirviendo el presente contrato de recibo más amplio y eficaz que en derecho proceda.
CUARTA.- Ambas partes manifiestan que la fecha de entrega del inmueble "LA COMPRADORA" Será al momento que sea este contrato firmado, haciéndola responsable a partir del momento de los gravámenes y mantenimientos futuros
QUINTA.- EL VENDEDOR hace entrega en este acto a la COMPRADORA de los documentos que acreditan la propiedad del inmueble objeto de la compraventa, así como de los documentos que demuestran que se encuentra libre de todo gravamen y responsabilidad alguna, y al corriente en el pago de sus impuestos y cooperaciones.
SEXTA.- EL VENDEDOR manifiesta que el inmueble objeto de la presente operación de compraventa, se encuentra libre de todo gravamen y responsabilidad fiscal, al corriente en el pago de sus contribuciones, derechos o cooperaciones y se obliga al saneamiento por evicción en la forma más amplia que establezca la ley.
SÉPTIMA.- Las partes convienen en que la escritura definitiva de la compraventa se tirará ante el Notario Público que elija "LA COMPRADORA", siendo por cuenta de esta el pago de los impuestos, derechos, honorarios y cualquier otro gasto que la misma genere, obligándose "EL VENDEDOR" a pagar el Impuesto Sobre la Renta que la operación cause y a concurrir ante el Notario Público para la escritura del inmueble respectivo.
OCTAVA.- Las partes convienen en que para el caso de incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contenidas en este contrato, la parte que diera causa a ello pagará a su contraparte la cantidad que resulte del 5 % del precio pactado en la presente operación de compraventa como pena convencional,
Y por concepto de pago de los daños que se le pudieran ocasionar, sin perjuicio de que el afectado por el incumplimiento pudiera solicitar el cumplimiento de la obligación o la rescisión del contrato, obligándose las partes a hacer entrega, "EL VENDEDOR", de la cantidad recibida a "LA COMPRADORA.
NOVENA.- Las partes manifiestan que el presente contrato es la libre expresión de sus voluntades y que en su celebración no existe error, dolo, mala fe, violencia o lesión, razón por la cual no se reservan acción o derecho alguno para rescindirlo por vicios del consentimiento, aplicándose en todo caso las disposiciones contenidas en el Código Civil Vigente para el reino de Equestria.
DECIMA.- Para la interpretación y cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de la Ciudad de Ponyville, reino de Equestria, renunciando en forma expresa el fuero que por razón de su domicilio presente o futuro pudiera corresponderles.
GENERALES.
EL VENDEDOR" manifiesta llamarseMASTER BOOK, ser de nacionalidad Equestriana por nacimiento, originario de Canterlot, nacido el 13 (trece) de marzo de 1991 (mil novecientos sesenta y seis), soltero, bibliotecario, y con domicilio en Av. Pan dulce 440 (cuatrocientos cuarenta) edificio 14 (catorce) departamento 104 (ciento cuatro) C.P 04440
LA COMPRADORA" Manifiesta llamarse TWILIGHT SPARKLE, ser Equestriana por nacimiento, originaria de Canterlot, nacida el 10 (diez) de Abril de 1990 (mil novecientos noventa) soltera, ser estudiante, y con domicilio en la Calle Campanela numero 32 (treinta y dos) Canterlot, C.P. 09830.
FUERON TESTIGOS en este acto
NIGHT LIGHT, de nacionalidad Equestriana por nacimiento, originario de Canterlot, y con domicilio en la Calle Campanela numero 32 (treinta y dos) Canterlot, C.P. 09830.
APLEJACK, de nacionalidad Equestriana por nacimiento, originaria de Ponyville, y con domicilio en calle manzanares, numero 12 (doce) denominado Sweet Apple Acres, C.P 23456
Leído que fue el presente contrato y enteradas las partes de su contenido y alcance legales, se manifestaron conformes y firmaron el día 26 del mes de diciembre de 2010.
El VENDEDOR LA COMPRADORA
MASTER BOOK - TWILIGHT SPARKLE
TESTIGOS
NIGHT LIGHT - APPLEJACK
