Me siento en la cama y con cuidado extraigo el sobre de papel manila de la bolsa, girando una y otra vez en mis manos. ¿Realmente quiero saber la extensión de la depravación de Quinn? Es muy desalentador. Tomo una respiración profunda y con el corazón en la garganta, rompo el sobre.
CONTRATO
Siendo este día _del 2012 (La fecha de inicio)
ENTRE SRA. QUINN FABRAY de 301 Escala, Seattle, WA 98889 ("La Dominante") Y Srta. RACHEL BERRY de 1114 SW Green Street, Apartamento 7, Haven Heights, Vancouver, WA 98888 ("La Sumisa")
LAS PARTES ACUERDAN LO SIGUIENTE:
1 Los siguientes son los términos de un contrato vinculante entre el Dominante y la
Sumisa.
TERMINOS FUNDAMENTALES
2 -El propósito fundamental de este contrato es permitir a la Sumisa, explorar su
Sensualidad y sus límites con seguridad, respeto y consideración a sus necesidades, sus límites y su bienestar.
3- El Dominante y la Sumisa, aceptan y reconocen que todo lo que ocurre bajo los términos de este contrato, será consensual, confidencial y sujeta a los límites acordados y procedimientos de seguridad establecidos fuera de este contrato. Los limites y procedimientos de seguridad deben ser acordados por escrito.
4 -El Dominante y la Sumisa garantizan al otro que no sufren de ninguna enfermedad sexual, seria, infecciosa, o potencialmente mortal, incluyendo pero no limitado al VIH, Herpes y hepatitis. Si durante el periodo (Definido más adelante) o cualquier ampliación del Plazo de este contrato, cualquiera de las partes fuera diagnosticado con o tiene conocimiento de cualquier enfermedad, se deben comprometer a informar al otro de inmediato y en todo caso anterior de cualquier forma de contacto físico entre las partes.
5- El cumplimiento de las garantías anteriormente mencionadas, los acuerdos e informe (y cualquier limite adicional y procedimientos de seguridad acordados en la anterior clausula 3 son fundamentales para este contrato. Cualquier incumplimiento que lo contravenga, inmediatamente lo dejara sin efecto y cada parte se compromete a ser plenamente responsable de la otra por las consecuencias de dicho incumplimiento.
6- Todo en este contrato debe ser leído e interpretado en la luz del propósito fundamental y términos fundamentales establecidos anteriormente en las clausulas 2-5.
ROLES
7- La Dominante debe asumir la responsabilidad por el bienestar y el adecuado entrenamiento, orientación y disciplina de la Sumisa. Decidirá la naturaleza de tal formación, orientación y disciplina, así como la hora y el lugar de su administración, con sujeción a los términos acordados, limitaciones y procedimientos de seguridad establecidos en este contrato o acuerdos adicionales bajo la anterior clausula 3.
8- Si en algún momento, el Dominante fallara en seguir los términos acordados, limitaciones y procedimientos de seguridad establecidos fuera de este contrato o acuerdos adicionales bajo la anterior clausula 3 ya mencionada, la Sumisa tiene derecho a rescindir el presente contrato y a dejar de inmediato el servicio de la dominante sin aviso.
9- Sujeto a lo anterior y las clausulas anteriores 2-5 la Sumisa esta servir y obedecer a la Dominante en todas las cosas. Sujeto a los términos acordados, las limitaciones y los procedimientos de seguridad establecidos en el presente contrato o acuerdo, además, conforme a la clausula 3 anterior, deberá ofrecer sin duda o vacilación al Dominante tanto placer que pueda requerir y ella deberá aceptar sin duda o vacilación su entrenamiento, orientación y disciplina en cualquier forma que pueda tomar.
INICIO Y PLAZO
10- El Dominante y la Sumisa entran en este contrato en la fecha de inicio, plenamente conscientes de su naturaleza y se comprometen a cumplir sus condiciones sin excepción.
11- El presente contrato tendrá vigencia por un periodo de tres meses calendario a partir de la fecha de inicio ("El Plazo") A la expiración del Plazo, las partes deberán discutir si este contrato y las medidas que han adoptado en virtud de este contrato son satisfactorias y si las necesidades de cada parte se han cumplido. Cualquiera de las partes puede proponer la extensión de este contrato sujeto a ajustes en estos términos o a los acuerdos que han hecho en virtud del mismo. A falta de acuerdo para la prórroga del presente contrato, queda terminado y ambas partes quedan libres para reanudar vidas por separado.
DISPONIBILIDAD
12- La Sumisa se pondrá a si misma a disposición de la Dominante la noche de los viernes hasta la tarde del domingo de cada semana durante el Plazo, a veces a ser especificados por la Dominante ("Los tiempos asignados"). Además, el tiempo asignado puede ser mutuamente acordado sobre una base Ad Hoc.
13- El Dominante reserva el derecho de despedir a la Sumisa de su servicio en cualquier momento, petición a ser garantizadas a discreción del Dominante, sujetas solo a las reglas de la Sumisa bajo las clausulas 2-5 y 8 anteriores.
UBICACIÓN
14- La Sumisa se pondrá a si misma a disposición durante los tiempos asignados y acuerdos adicionales de tiempo y ubicación a ser determinados por la Dominante. La Dominante se asegurara de que todos los gastos de viaje en los que incurra la Sumisa para tal propósito, sean reconocidos por la Dominante.
PRESTACION DE SERVICIO
15- Las prestaciones de servicio siguientes han sido discutidas y acordadas y deben ser respetadas por ambas partes durante el Plazo. Ambas partes aceptan que ciertas cuestiones pueden surgir, que no están cubiertas por los términos de este contrato o las prestaciones de servicio, o que ciertas cuestiones pueden ser renegociadas. En tal circunstancia las clausulas adicionales pueden ser propuestas vía enmienda (1). Las clausulas adicionales o modificaciones deben ser acordadas y documentadas y firmadas por ambas partes, y estarán sujetas a los términos fundamentales establecidos en las clausulas anteriores 2-5.
LA DOMINANTE
15.1 La Dominante hará de la salud y seguridad de la Sumisa, una prioridad en todo momento. La Dominante no podrá exigir en cualquier momento, solicitar, permitir o demandar que la Sumisa participe a manos de la Dominante en cualquiera de las actividades detalladas en el Apéndice 2 o en cualquier acto que cualquiera de las partes considere que no es seguro. La Dominante no llevara a cabo o no permitirá que se lleve a cabo ninguna acción que pueda causar lesiones graves o de riesgo a la vida de la Sumisa. El resto de los incisos de esta clausula 15 son leídas sujeto a esta disposición y los asuntos fundamentales acordados en las clausulas 2-5 anteriores.
15.2 La Dominante acepta que la Sumisa le pertenece, para poseer, controlar, dominar y disciplinar durante el Plazo. La Dominante podrá usar el cuerpo de la Sumisa en cualquier momento de los tiempos asignados o cualquiera del tiempo adicional acordado que considere conveniente, sexual o de otra manera.
15.3 La Dominante deberá proveer a la Sumisa con todo el entrenamiento necesario y orientación en como servir adecuadamente al Dominante.
15.4 La Dominante deberá mantener un entorno estable y seguro en el que la Sumisa pueda llevar a cabo sus funciones al servicio del Dominante.
15.5 El Dominante puede disciplinar a la Sumisa cuando sea necesario, para garantizar que la Sumisa es plenamente consciente de su rol de sumisión al Dominante y desalentar una conducta inaceptable. La Dominante puede flagelar, golpear, latigar o castigar corporalmente a la Sumisa a efectos de disciplinar, para su disfrute personal, o por cualquier otra razón que no esta obligado a proporcionar.
15.6 En el entrenamiento y administración de disciplina, La Dominante deberá garantizar que no sean hechas marcas permanentes sobre el cuerpo de la Sumisa ni lesiones sufridas que puedan requerir atención médica.
15.7 En la formación y administración de disciplina, la Dominante se asegurara de que la disciplina e instrumentos utilizados para propósitos de disciplina, sean seguros, no deberán utilizarse de tal manera que cause daños graves y no excedan de modo alguno los limites definidos y detallados en el presente contrato.
15.8 En caso de enfermedad o lesión, La Dominante deberá cuidar de la Sumisa, ver por su salud y seguridad, alentando y cuando sea necesario ordenando atención medica cuando sea considerado necesario por la Dominante.
15.9 La Dominante debe mantener su propia salud y buscar atención medica cuando sea necesario, con el fin de mantener un entorno libre de riesgos.
15.10 La Dominante no podrá prestar su Sumisa a otro Dominante.
15.11 La Dominante puede restringir, esposar u obligar a la Sumisa en cualquier momento durante los tiempos asignados o cualquier momento acordado adicionalmente por alguna razón y durante periodos extendidos de tiempo, prestando la debida atención a la salud y seguridad de la Sumisa.
15.12 La Dominante se asegurara de que todos los equipos utilizados para los fines de entrenamiento y disciplina, se mantendrán en un estado limpio, higiénico y seguro en todo momento.
SUMISA
15.13 La Sumisa acepta a la Dominante como su Maestra. En el entendimiento de que ella es ahora propiedad del Dominante, a ser tratada como el Dominante quiera durante el Plazo en general, pero específicamente durante los tiempos asignados y cualquier periodo adicional acordado como tiempo asignado.
15.14 La Sumisa debe obedecer las reglas ("El Reglamento") establecidas en el Apéndice 1 del presente acuerdo.
15.15 La Sumisa debe servir a la Dominante de cualquier forma que e la Dominante vea conveniente y se esforzara por complacer a la Dominante en todo momento con lo mejor de sus capacidades.
15.16 La Sumisa adoptara todas las medidas necesarias para mantener su buena salud y solicitara o buscara atención medica siempre que sea necesario, manteniendo al Dominante informada en todo momento sobre de cualquier problema de salud que pueda surgir.
15.17 La Sumisa se asegurara de que se promueva la anticoncepción oral y asegurarse de tomarla como y cuando se prescribe para prevenir cualquier embarazo.
15.18 La Sumisa deberá aceptar sin cuestionar cualquiera y todas las acciones disciplinarias que sean consideradas necesarias por el Dominante y recordar su condición y papel en lo que respecta a la Dominante en todo momento.
15.19 La Sumisa no debe tocarse o darse placer sexual a si misma si el permiso de la Dominante.
15.20 La Sumisa se someterá a cualquier actividad sexual demandada por la Dominante, y deberá hacerla sin dudar o discutir…
15.21 La Sumisa deberá aceptar latigazos, nebulizaciones, azotes, palmadas, o cualquier otra disciplina que la Dominante decida administrar, sin dudar, inquisiciones o quejas.
15.22 La Sumisa no deberá mirar directamente a los ojos de la Dominante, excepto cuando sea específicamente instruida a hacerlo. La Sumisa deberá mantener sus ojos bajos y conservar un calmo y respetuoso comportamiento en la presencia de la Dominante.
15.23 La Sumisa deberá siempre comportarse de manera respetuosa con la Dominante, y deberá dirigirse a ella solo como Señora, Fabray, o cualquier titulo que la Dominante dirija.
15.24 La Sumisa no tocara a la Dominante sin su expresa permisión para hacerlo.
ACTIVIDADES
16- La sumisa no podrá participar en actividades de ningún acto sexual que alguna de las partes considere inseguro o cualquier actividad detallada en el Apendice 2.
17- La Dominante y la Sumisa han discutido las actividades dispuestas en el Apendice 3 y han acordado en escribir en el Apendice 2 su arreglo respecto a ellas.
PALABRAS DE SEGURIDAD
18- La Dominante y la Sumisa reconocen que la Dominante puede hacer demandas a la Sumisa que no pueden realizarse sin ocasionar daño físico, mental, emocional, espiritual, u otro al momento en que las demandas son hechas a la Sumisa. En circunstancias relacionadas a esto, la Sumisa puede usar una palabra de seguridad ("Las palabras de seguridad (s)"). Dos palabras serán invocadas dependiendo de la severidad de las demandas.
19- La palabra "Amarillo" será usada para llamar la atención de la Dominante de que la Sumisa esta cerca de su límite de tolerancia.
20- La palabra "Rojo" será usada para llamar la atención de la Dominante de que la Sumisa no puede tolerar más demandas. Cuando esta palabra es dicha, la acción del Dominante cesara completamente con efecto inmediato.
CONCLUSION
21- Los abajo firmantes hemos leído y entendido por completo los términos de este contrato. Aceptamos libremente los términos del contrato y lo reconocemos mediante nuestras firmas Debajo.
Dominante: Quinn Fabray
Fecha:
La Sumisa: Rachel Berry.
Buenas, Buenas…
Aquí parte del contrato. No está completo, aun falta y pueda que hay partes que no entiendan como por ejemplo Apendice 1, 2, 3 y así, pero para la próxima entenderán y sabrán que pensara Rachel después de leer tantas cosas
=) hasta pronto… Gracias por los review… Me estoy portando bien, actualizando más o menos seguido así que…. ;)
