TASA 15 por servicios de expedición de títulos académicos y profesionales para el año 2022
Con fecha 31 de diciembre de 2021, se ha publicado en el Boletín Oficial de Aragón la Ley 9/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2022.
Según el artículo 2, punto 3 de citada Ley:
"De conformidad con lo dispuesto en la Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, y en el texto refundido de las tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, las cuantías de las tasas no experimentarán con carácter general incremento alguno para el ejercicio presupuestario".
-LEY 7/2021, de 7 de octubre, por la que se modifican el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, y la Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, que entra en vigor el vigor el día siguiente al de su publicación (BOA 22/10/2021).
-ORDEN HAP/201/2016, de 22 de febrero, por la que se publican los textos refundidos actualizados en materia de tributos cedidos, tasas e impuestos medioambientales (BOA 18/03/2016).
Artículo 62.- Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la expedición de los títulos y los certificados académicos y profesionales no universitarios correspondientes a las enseñanzas no obligatorias establecidas en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y en la ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como la expedición de títulos de otras enseñanzas no universitarias cuando su normativa específica así lo establezca.
Artículo 64.- Exenciones y bonificaciones.
1. Tendrán exención total del importe de la tarifa correspondiente los estudiantes miembros de familias numerosas de categoría especial.
2. Asimismo, estarán exentas del pago de la tasa las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, conforme a la Ley de Cortes de Aragón 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las Víctimas del Terrorismo, y demás normativa vigente que les sea de aplicación.
3. Tendrán una bonificación del 50 por 100 del importe de la tarifa correspondiente los estudiantes miembros de familias numerosas de categoría general.
4. Estarán exentos del pago de la Tarifa 11 de la presente Tasa, por la expedición de títulos duplicados derivada de la rectificación de la mención del sexo en el Registro Civil, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas.
5. Están igualmente exentas del pago de la tasa las personas que, a causa de la pérdida de un empleo, figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de los seis meses anteriores a la fecha de solicitud de expedición del título.
ANEXO
LEY 7/2021, DE 7 DE OCTUBRE (BOA 22/10/21)
Tasa 15 por servicios de expedición de títulos y certificados académicos y profesionales no universitarios
Tarifa 01. Título de Bachiller
47,85 euros
Tarifa 02. Título de Técnico y Título de Técnico Deportivo
20,00 euros
Tarifa 03. Título de Técnico Superior y Título de Técnico Deportivo Superior
47,85 euros
Tarifa 04. Título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño
20,00 euros
Tarifa 05. Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño
47,85 euros
Tarifa 06. Certificado de Nivel Básico A2 o equivalentes, expedido por el centro educativo correspondiente de conformidad con la normativa que resulte de aplicación
24,50 euros
Tarifa 07. Certificado nivel intermedio B1 o equivalentes
30 euros
Tarifa 08. Certificado nivel intermedio B2 o equivalentes
32 euros
Tarifa 09. Certificado nivel avanzado C1 o equivalentes
47,85 euros
Tarifa 10. Certificado nivel avanzado C2
50 euros
Tarifa 11. Título Profesional de Música y Título Profesional de Danza
84,30 euros
Tarifa 12. Titulo Superior de Música (LOGSE), Títulos Superior de Música (Ley Orgánica de Educación), Título Superior de Diseño (Ley Orgánica de Educación) y Título Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales (Ley Orgánica de Educación)
124,60 euros
Tarifa 13. Título de Conservación y Restauración de Bienes Culturales (LOGSE) y Títulos de Diseño (LOGSE)
52,75 euros
Tarifa 14. Título de Máster en Enseñanzas Artísticas Superiores
178 euros
Tarifa 15. Duplicados
22,50% de la tarifa correspondiente
Tarifa 16. Duplicados del suplemento europeo al título o segundas y posteriores expediciones con nuevos itinerarios
50 euros
